Gastos Funerarios

Gastos Funerarios, KASU

Es un servicio que te permite pagar los gastos funerarios tuyos o de algún ser querido, pagando hoy una aportación mínima, para que el día que tú o tu ser querido fallezca no tengan que pagar nada los deudos.

A diferencia de un seguro un servico a futuro te permite recibir directamente el servicio de la funeraria de tu gusto y al haber recibido el servicio la misma te entregue una factura por el mismo, permitiendole a tus familiares cobrar estos servicios a un tercero


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Producto Kasu

Gastos Funerarios

¿Cómo funciona?

Una vez pagado el servicio, y pasados 30 días naturales de la liquidación el servicio se activa.

¿Qué puede cancelar mi servicio?

Falta de pago por un periodo mayor a 60 días naturales o acumular más de tres atrasos en el pago.

¿El servicio es trasnferible?

No.

¿Puedo cambiar de servicios o de funeraria?

KASU, cuenta con la más amplia red funeraria de México, sin embargo puedes escoger otra funeraria siempre y cuando no exceda el tope de costo del servicio.

¿Puedo cambiar de servicio un vez contratado?

SI, siempre y cuando solicites a un ejecutivo KASU o acudas directamente a tu sucursal; en ningún caso se podrá cambiar el tipo de servicio una vez que el titular ha fallecido.

¿Cómo lo hago valer?

Acudiendo directamente a la funeraria o marcando a los números asignados presentando su tarjeta y póliza.


Producto Kasu

¿Cuanto Cuesta el producto?

Edad Precio
02 a 29 años $ 2,500.00 Mxn
30 a 49 años $ 3,000.00 Mxn
50 a 54 años $ 4,000.00 Mxn
55 a 59 años $ 5,000.00 Mxn
60 a 64 años $ 6,500.00 Mxn
65 a 69 años $ 8,000.00 Mxn

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¿Cuales son los beneficios de Gastos Funerarios?

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Servicio de traslado

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Sala de Velación

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Servicio de cafetería

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Equipo de velación

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Embalsamado del Cuerpo

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Servicio de Cremación

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Ataúd

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Trámites

Aun no te hemos convencido

Te brindamos un increíble servicio a base de productos, con el objetivo de proteger y ayudar a toda tú familia, sabias ¿Qué? Cada producto es una gran oportunidad exclusiva para prevenir y cuidar lo que tú más amas.

Selecciona el producto que mas se adecuae a tus necesidades




Restricciones

El servicio de traslado se prestará en un radio que no exceda los 60 kilómetros de distancia y constará de los traslados necesarios del cuerpo entre la agencia funeraria a la zona donde habrá de requerirse el traslado entre servicios de salubridad, Ministerio Público u Hospital, oh en su caso el traslado de su casa al panteón, sin embargo en ningún caso excederá la suma de 60 kilómetros del lugar donde ocurrió la defunción del cliente.


El servicio de Sala de Velación se prestará en los espacios que las agencias funerarias, propias o de terceros mismas que deberán contar con un espacio mínimo para 50 personas, con los espacios suficientes para sentarse, además la sala de velación deberá contar con espacio para comida o cafetería y estacionamiento para 5 autos como requerimiento mínimo, la agencia funeraria deberá de contar con los insumos necesarios para realizar el servicio funerario.


El servicio de cafetería consiste en que la agencia funeraria deberá otorgar cuando menos 50 lonches a modo de cafetería, los cuales deberán incluir; café o té herbal para 50 personas, galletas para 50 personas, agua para 50 personas, sándwich para 50 personas.


El servicio de Equipo de velación, la agencia funeraria deberá proporcionar a manera de comodato a los familiares del cliente los insumos necesarios para realizar el servicio funerario en el lugar que indiquen los mismos, siempre y cuando no excedan la suma de los kilómetros señalados en el servicio de traslado.


El Acondicionamiento del Cuerpo implica que la agencia funeraria, ya sea por medios propios o subcontratación de terceros, deberá de realizar los siguientes servicios; embalsamado del cuerpo del cliente, maquillaje funerario del cliente y mortaja funeraria del cliente.


El servicio de Cremación será realizado por la agencia funeraria por cuenta propia o por medio de un tercero subcontratado.


La agencia funeraria proporcionará un ataúd de madera barnizada que deberá ceñirse a dos supuestos, si el servicio será de inhumación el ataúd deberá entregarse a la familia para que sea sepultado con el cliente, si el servicio fuese de cremación la agencia funeraria proporcionará un ataúd de madera barnizada en forma de comodato a la familia para los servicios de velación del cuerpo, recuperándolo al momento de la cremación.


Las restricciones del servicio de gastos funerarios de KASU incluyen que la suma total de los servicios no debe exceder el valor señalado en el Fideicomiso F/0003.


Además, el servicio solo comienza a tener vigencia 30 días después de la liquidación y activación en el fideicomiso del contrato.


No se permiten reembolsos a beneficiarios o personas ajenas a las agencias funerarias involucradas en el convenio de servicios a futuro, a menos que se emita una orden judicial de devolución.


En este caso, solo se reembolsará el valor de la inversión del servicio a su valor actualizado y el remanente se otorgará a una institución de asistencia privada designada por Capital&Fondeo México.


Si el cliente desea recibir beneficios adicionales, debe cubrir el costo adicional.